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El paro de los autónomos: todas las novedades 2024

El paro para los autónomos, conocido formalmente como cese de actividad, es un derecho que permite a los trabajadores por cuenta propia recibir una prestación económica cuando se ven obligados a cerrar su negocio o cuando sus ingresos caen drásticamente. En 2023, se introdujeron importantes cambios con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales.

¿Tienen los autónomos derecho a paro?

Sí, los autónomos tienen derecho a paro, aunque se denomina cese de actividad. Esta prestación fue establecida por primera vez en la Ley 32/2010, de 5 de agosto, tras años de reivindicaciones por parte de las organizaciones del colectivo. Desde 2019, todos los autónomos contribuyen con una parte de su cuota mensual a esta protección, asegurando su derecho a paro si cumplen ciertos requisitos.

¿En qué casos se puede solicitar el paro de los autónomos?

Los autónomos pueden solicitar la prestación por cese de actividad en las siguientes situaciones:

  1. Motivos Económicos, Técnicos, Productivos u Organizativos (ETOP): Situaciones que hacen inviable continuar con la actividad económica.
  2. Cierre por fuerza mayor: eventos imprevistos y extraordinarios que impiden la continuidad del negocio.
  3. Pérdida de la licencia: imposibilidad de continuar con la actividad debido a la retirada de la licencia necesaria para operar.
  4. Violencia de género: situaciones de violencia de género que afectan a la continuidad del negocio.
  5. Divorcio: cuando el divorcio afecta significativamente a la capacidad de mantener la actividad económica.

Nuevos requisitos para cobrar el paro en 2023

En 2023, se introdujeron nuevos requisitos para acceder a la prestación por cese de actividad:

  • Autónomos con Empleados: Deben haber reducido el 60% de la jornada de toda la plantilla o suspendido el 60% de los contratos de la empresa a través de un ERTE.
  • Autónomos sin Empleados: Sus deudas deben suponer el 150% de sus ventas. Además, deben cumplir al menos dos de los siguientes requisitos:
    • Reducción del 75% de sus ingresos o ventas durante los dos trimestres fiscales previos.
    • No alcanzar el salario mínimo interprofesional, que es de 1.134 €.

Requisitos generales para cobrar el paro de los autónomos

Para poder acceder a la prestación por cese de actividad, los autónomos deben cumplir con los siguientes requisitos generales:

  • Estar afiliados y en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Haber cotizado por cese de actividad durante al menos 12 meses continuados e inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse, salvo que no tengan acreditado el periodo de cotización requerido para ello.
  • Estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.

Duración del paro de los autónomos

La duración de la prestación por cese de actividad para autónomos varía en función de los períodos cotizados. Generalmente, puede ir desde un mínimo de 4 meses hasta un máximo de 24 meses.

Cálculo del paro de los autónomos

El importe de la prestación por cese de actividad se calcula en base al 70% de la base reguladora, que es el promedio de las bases de cotización del autónomo durante los últimos 12 meses anteriores al cese.

Cómo solicitar el paro de los autónomos

Para solicitar la prestación por cese de actividad, los autónomos deben presentar su solicitud ante su mutua colaboradora de la Seguridad Social, aportando la documentación que acredite el cese de actividad y cumpliendo con los requisitos establecidos.

Con las recientes modificaciones introducidas en 2023, los autónomos cuentan con un sistema de protección más adaptado a sus necesidades y circunstancias. Comprender estos cambios y saber cómo solicitar la prestación es fundamental para asegurar su derecho a recibir apoyo económico en momentos de dificultad.

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