Pluriactividad de autónomos: Guía completa para trabajar por cuenta propia y ajena a la vez

pluriactividad-autonomos-trabajar-cuenta-ajena
Índice

Te levantas, vas a tu trabajo de oficina de 9 a 6 y, al llegar a casa, sientes que tienes energía (y ganas) para lanzar ese proyecto personal que llevas meses planeando. O quizás es al revés: ya tienes tu negocio rodando, pero te ha surgido una oportunidad irrechazable en una empresa. ¿Es legal? ¿Voy a pagar dos veces a la Seguridad Social? ¿Me compensa?

La respuesta rápida es sí, es totalmente legal y cada vez más común. Se llama pluriactividad y, aunque suena a término burocrático denso, es la realidad de miles de profesionales en España que deciden diversificar sus ingresos.

Pluriactividad de los autónomos: Qué es exactamente

Para entenderlo sin tecnicismos: la pluriactividad ocurre cuando una persona física realiza dos o más actividades laborales que obligan a cotizar en Regímenes distintos de la Seguridad Social.

El caso más habitual es el del trabajador que está contratado por una empresa (Régimen General) y, paralelamente, desarrolla una actividad económica por su cuenta (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o RETA).

No se trata simplemente de tener dos trabajos. La clave aquí es la obligatoriedad de la doble cotización. El sistema entiende que, al estar protegido por el Régimen General (tienes paro, baja médica, etc. por tu empresa), tu entrada en el RETA tiene ciertas particularidades que debes conocer para no pagar de más.

Diferencia entre pluriactividad y pluriempleo

Es el error más común en las búsquedas de Google y en las conversaciones de bar. Aunque parezcan sinónimos, a ojos de la Seguridad Social son situaciones opuestas.

  • Pluriempleo: Trabajas para dos o más empresas distintas, pero en todas ellas lo haces como asalariado. Es decir, tienes dos nóminas, pero todas cotizan en el mismo Régimen General.
  • Pluriactividad: Combinas un trabajo por cuenta ajena (tienes un jefe) con un trabajo por cuenta propia (tú eres el jefe). Aquí conviven dos regímenes: General y RETA.

Para que lo veas claro de un vistazo:

Característica Pluriactividad Pluriempleo
Tipo de trabajo Cuenta ajena + Cuenta propia Cuenta ajena + Cuenta ajena
Cotización Régimen General + RETA Solo Régimen General
Obligaciones fiscales IRPF (nómina) + Modelos trimestrales (IVA/IRPF) IRPF (retenido en nóminas)
Responsabilidad Empleado + Empresario Solo Empleado

¿Por qué optar por la pluriactividad? Ventajas y bonificaciones

Muchos se echan las manos a la cabeza pensando: «Si ya pago impuestos por mi nómina, ¿tengo que pagar también la cuota de autónomos completa?». Aquí es donde entra la estrategia fiscal. La Seguridad Social ofrece incentivos para fomentar el emprendimiento entre quienes ya tienen un empleo.

Bonificación por pluriactividad en la cuota

Si te das de alta como nuevo autónomo manteniendo tu contrato asalariado, tienes derecho a bonificaciones específicas. Ojo, porque debes elegir entre la famosa Tarifa Plana (actualmente 80€/mes durante el primer año) o los descuentos por pluriactividad. Por norma general, la Tarifa Plana suele ser más rentable al inicio, pero si no cumples requisitos para ella, la pluriactividad ofrece:

  1. Primeros 18 meses: Puedes reducir tu base de cotización hasta el 50% de la base mínima.
  2. Segundos 18 meses: La reducción es hasta el 75% de la base mínima.

Esto alivia considerablemente la carga mensual, especialmente si tu facturación como autónomo al principio es modesta.

¿Se cobra doble pensión? La jubilación

Esta es una de las grandes ventajas a largo plazo. Al cotizar en dos regímenes, estás acumulando derechos en ambos.

  • Si cumples los requisitos en ambos por separado: Podrás cobrar dos pensiones de jubilación al mismo tiempo. Es decir, la del Régimen General y la del RETA.
  • Si no llegas al mínimo en uno de ellos: Las cotizaciones no se pierden. Se acumulan a la del régimen principal para calcular la base reguladora, lo que resultará en una pensión única, pero de mayor cuantía.

Renuncia a la cotización por Incapacidad Temporal (IT)

Al estar en pluriactividad autónomos, ya estás cubierto por tu empresa en caso de baja médica (Incapacidad Temporal). Por tanto, la Seguridad Social te permite renunciar a la cobertura de IT en tu cuota de autónomos. Esto reduce ligeramente lo que pagas a final de mes, ya que esa contingencia ya la tienes «pagada» con tu nómina.

Cómo darse de alta como pluriactivo: Trámites necesarios

No existe una casilla mágica que diga «Alta en Pluriactividad» que lo haga todo automático. El proceso requiere coordinar dos organismos: Hacienda y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

  • Alta en Hacienda (Agencia Tributaria): Debes presentar el modelo 036 o 037. Aquí notificas que inicias una actividad económica. Elegirás tu epígrafe IAE y definirás tus obligaciones fiscales (IVA, IRPF).
  • Alta en Seguridad Social (RETA): Tienes 60 días antes del inicio de actividad o el mismo día para darte de alta mediante el modelo TA.0521.

El matiz clave: En este formulario deberás indicar que inicias la actividad en situación de pluriactividad. Esto es vital para que la administración cruce los datos con tu contrato por cuenta ajena y puedas acceder a las bonificaciones correspondientes.

Consejo pro: Revisa bien tu contrato laboral. Algunas empresas incluyen cláusulas de «exclusividad» o «no competencia». Asegúrate de que tu actividad freelance no entra en conflicto legal con tu empleo actual antes de darte de alta.

La cotización: ¿Qué pasa si pago de más?

Uno de los miedos habituales es la sobrecotización. Si sumas lo que tu empresa paga por ti y lo que tú pagas como autónomo, es posible que superes el tope máximo de cotización establecido por ley.

Antiguamente, tenías que reclamar ese dinero. Hoy, la administración es algo más proactiva. Si existe un exceso de cotización por pluriactividad, la Tesorería General de la Seguridad Social debería devolverte de oficio el 50% del exceso cotizado antes del 1 de mayo del ejercicio siguiente.

Aun así, conviene revisar estos datos anualmente con tu gestor para asegurar que no estás «regalando» dinero al sistema por un error administrativo.

Preguntas Frecuentes sobre trabajar por cuenta propia y ajena

¿Tengo derecho a paro si soy autónomo en pluriactividad?

Es complejo. Si te despiden de tu trabajo por cuenta ajena (y tienes paro acumulado), podrás cobrar la prestación por desempleo, pero normalmente es incompatible con mantener tu actividad de autónomo, salvo que te des de baja en el RETA. Sin embargo, existen excepciones recientes que permiten compatibilizar el paro con el alta de autónomos durante un máximo de 270 días bajo ciertas condiciones.

¿Qué pasa si cojo una baja médica?

Si caes enfermo, recibirás la prestación por Incapacidad Temporal. Si cotizas por IT en ambos regímenes (y no renunciaste a ella en el RETA), podrías llegar a cobrar la prestación por partida doble, ya que has pagado por ambas coberturas.

¿Es obligatorio informar a mi jefe?

Salvo que tu contrato tenga una cláusula de exclusividad o competencia desleal, no es obligatorio comunicar a tu empresa que eres autónomo. Sin embargo, por transparencia y para evitar malentendidos sobre rendimiento o disponibilidad, suele ser recomendable tratarlo con naturalidad.

El equilibrio es posible si te organizas bien

La pluriactividad es una opción fantástica para validar una idea de negocio sin perder la seguridad de un sueldo fijo, o simplemente para maximizar tus ingresos. No tienes que elegir entre ser empleado o emprendedor; puedes ser ambos, aprovechando las bonificaciones por pluriactividad y construyendo una jubilación más sólida.

Eso sí, la carga administrativa se duplica: declaraciones de IVA, IRPF, cuotas y nóminas. Lo último que quieres es que tu «extra» se convierta en una pesadilla de multas con Hacienda por un modelo mal presentado.

¿Quieres dar el paso sin riesgos?

En Assessor no somos un robot. Somos tu asesoría online de confianza y entendemos los malabares que haces cada día. Nosotros nos encargamos del alta, los trimestres y de optimizar tu cotización para que tú solo te preocupes de trabajar y facturar.

👉 Contacta con nosotros aquí y analizamos tu caso de pluriactividad hoy mismo

¿Tienes dudas?

Te las resolvemos

    Sigue leyendo

    Otras entradas

    ¿Estás cansado de pasar horas y horas gestionando tus tareas administrativas? Con la era digital en pleno apogeo, las gestorías...
    La sociedad civil, en el ámbito jurídico y empresarial, representa un acuerdo entre dos o más individuos que desean unir...
    Ser autónomo en España no solo implica trabajar por cuenta propia, también supone cumplir con una serie de obligaciones fiscales...
    Creatividad para incitar a que pruebes nuestros servicios de forma gratuita

    Asesoría Online para Autónomos y PYMES

    Tu Asesoría Online

    Si eres autónomo o pyme, puedes tener tu asesoría fiscal y contable a un sólo click. Un servicio 100% online con un equipo experto y trato personalizado. Todo esto desde sólo 24,90€/mes.