IVA franquiciado en España: ¿los autónomos van a dejar de pagar IVA en 2026?

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En 2024, Hacienda tuvo que salir a desmentir un bulo: que los autónomos dejarían de pagar IVA a partir de 2025. Ese desmentido era correcto entonces. Pero en 2026 la historia ha dado un giro real: el Congreso de los Diputados ha aprobado impulsar la eliminación del IVA para autónomos que facturen menos de 85.000€ al año, aunque todavía no es una ley en vigor. Te explicamos qué ha pasado exactamente, qué es cierto y qué sigue siendo solo una expectativa.

¿Qué es el régimen de IVA franquiciado?

El régimen de franquicia del IVA es un sistema, ya aplicado en la mayoría de países de la Unión Europea (Francia, Alemania, Italia, Portugal…), que permite a autónomos y pequeñas empresas con facturación por debajo de un umbral quedar exentos de repercutir y declarar IVA. La Directiva (UE) 2020/285 fijó el umbral máximo en 85.000€ anuales y marcó el 1 de enero de 2025 como fecha límite para que los Estados miembros lo incorporasen a su legislación. España es, a día de hoy, de los pocos países que aún no lo ha hecho.

No hay que confundir este futuro régimen voluntario con las actividades que ya están exentas de IVA por su propia naturaleza (educación, sanidad, seguros…): son figuras distintas y no se aplican de la misma forma.

¿Qué ha pasado realmente en 2026?

El 26 de marzo de 2026, el Congreso de los Diputados aprobó, con un respaldo parlamentario muy amplio (339 votos a favor), una medida para avanzar en la eliminación de la obligación de cobrar y declarar IVA para los autónomos que facturen menos de 85.000€ anuales. Es una votación real y significativa, pero no equivale a que la medida ya esté en vigor.

Para que el régimen de franquicia sea aplicable de verdad, el Gobierno tiene que redactar un proyecto de ley o real decreto-ley con todos los detalles técnicos (umbral exacto, régimen transitorio, compatibilidad con módulos o recargo de equivalencia, plazos de adhesión…), y ese texto debe pasar toda la tramitación parlamentaria antes de publicarse en el BOE con una fecha de entrada en vigor concreta.

Además, la Comisión Europea ha llevado a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber transpuesto la directiva dentro del plazo, lo que añade presión externa para que el proceso avance.

Entonces, ¿tengo que dejar de cobrar IVA ya?

No. A día de hoy, mientras no exista una ley publicada en el BOE con fecha de entrada en vigor, todos los autónomos siguen obligados a repercutir y declarar el IVA exactamente igual que hasta ahora: mismos modelos (303, 390), mismos plazos, mismas obligaciones. La aprobación en el Congreso es un paso político relevante, no un cambio normativo aplicable.

Cómo funcionará (cuando entre en vigor)

Según el marco que fija la directiva europea, cuando el régimen se apruebe definitivamente en España:

  • Será voluntario: ningún autónomo estará obligado a acogerse.
  • Los autónomos y pymes con facturación anual inferior a 85.000€ podrán no repercutir IVA en sus facturas.
  • A cambio, tampoco podrán deducirse el IVA soportado en sus compras, gastos o inversiones.
  • Si se supera el umbral de facturación, la salida del régimen sería automática (con un margen adicional pendiente de concretar, entre el 10% y el 25% de exceso según las propuestas actuales).
  • Desaparecería la obligación de presentar los modelos 303 y 390 para quienes se acojan.

¿Me conviene si finalmente se aprueba?

Depende de tu perfil. Puede ser ventajoso si:

  • Trabajas sobre todo con clientes particulares (no vas a tener que sumar el 21% de IVA al precio, lo que te hace más competitivo).
  • Tienes pocos gastos con IVA deducible (alquiler, material, software, inversiones).

Puede no convenirte si:

  • Trabajas principalmente con empresas que sí necesitan deducirse el IVA de tus facturas.
  • Tienes gastos elevados sujetos a IVA que hoy te estás deduciendo.

¿Cuándo entrará en vigor?

A día de hoy no hay una fecha oficial confirmada. El compromiso político apunta a que podría aprobarse a lo largo de 2026, pero la tramitación de la ley y el desarrollo reglamentario aún están pendientes. Iremos actualizando este artículo en cuanto haya novedades oficiales.

Preguntas frecuentes sobre el IVA franquiciado

¿Ya puedo dejar de cobrar IVA si facturo menos de 85.000€?

No. La aprobación en el Congreso es un paso previo, pero hasta que no exista una ley publicada en el BOE con fecha de entrada en vigor, la obligación actual de repercutir y declarar IVA sigue vigente.

¿El régimen será obligatorio para todos los que facturen menos de 85.000€?

No, según el marco europeo será voluntario. Cada autónomo podrá elegir entre seguir en el régimen general o acogerse a la franquicia.

¿Qué pasa si estoy en recargo de equivalencia o módulos?

Aún no está definido cómo encajará el nuevo régimen con estos sistemas especiales. Es uno de los puntos que debe resolver el desarrollo reglamentario.

Mientras la ley no esté publicada, en nuestro servicio de gestoría fiscal online seguimos gestionando tu IVA exactamente igual que siempre, y te avisaremos en cuanto haya una fecha real de entrada en vigor para ayudarte a decidir si te conviene acogerte al nuevo régimen.

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