En España, los permisos de paternidad y maternidad han experimentado importantes cambios en los últimos años, convirtiéndose en un referente de equidad y conciliación familiar. Lo que hasta 2025 era solo una propuesta en negociación ya es una realidad aplicada: desde el 31 de julio de 2025, cada progenitor tiene derecho a 19 semanas de permiso retribuido al 100%, con reglas concretas sobre cómo repartirlas. Te explicamos exactamente cómo funciona en 2026.
Cómo era el permiso hasta julio de 2025
Desde 2021, tanto el permiso de paternidad como el de maternidad eran de 16 semanas, equiparados en duración y condiciones. Este derecho era intransferible y estaba retribuido al 100%. Las primeras seis semanas eran de disfrute obligatorio e inmediato tras el nacimiento, adopción o acogida, mientras que las diez restantes podían utilizarse de forma flexible durante el primer año de vida del menor.
El precedente de las familias monoparentales
En 2024, el Tribunal Constitucional dictó una sentencia histórica que reconoció el derecho de las familias monoparentales a sumar las semanas de permiso de ambos progenitores. Este fallo generó la presión que terminó desembocando en la reforma de 2025.
La reforma real: 19 semanas desde julio de 2025
El Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, amplió el permiso por nacimiento y cuidado del menor de 16 a 19 semanas por progenitor en familias biparentales, y a 32 semanas en total para familias monoparentales. La medida entró en vigor el 31 de julio de 2025 y fue ratificada por el Congreso de los Diputados el 9 de septiembre de 2025.
Cómo se reparten las 19 semanas (familias biparentales)
- 6 semanas obligatorias e intransferibles, a jornada completa, inmediatamente después del nacimiento, adopción, guarda o acogimiento.
- 11 semanas flexibles, que se pueden disfrutar de forma continua o interrumpida (por semanas), hasta que el menor cumpla 12 meses.
- 2 semanas adicionales, de disfrute flexible hasta que el menor cumpla 8 años. Importante: estas 2 semanas solo se pueden solicitar a partir del 1 de enero de 2026, aunque el derecho existe desde la entrada en vigor de la norma.
Cómo se reparten las 32 semanas (familias monoparentales)
- 6 semanas obligatorias, igual que en el caso anterior.
- 22 semanas flexibles durante el primer año del menor.
- 4 semanas adicionales, solicitables también desde el 1 de enero de 2026, hasta que el menor cumpla 8 años.
¿A quién beneficia y desde cuándo?
La ampliación tiene carácter retroactivo para nacimientos, adopciones o acogimientos producidos desde el 2 de agosto de 2024. Esto significa que si tuviste a tu hijo o hija después de esa fecha, aunque ya hubieras solicitado el permiso con las condiciones anteriores, puedes tener derecho a las semanas adicionales.
Importante: la primera de las semanas nuevas no tiene efecto retroactivo en el sentido de «recuperar» semanas ya disfrutadas de otra forma — lo que sí se puede es solicitar las semanas adicionales que aún no se hayan agotado, según los plazos que fija la norma.
Requisitos de cotización para cobrar la prestación
- Menores de 21 años: no se exige periodo mínimo de cotización.
- Entre 21 y 26 años: mínimo 90 días cotizados en los 7 años anteriores, o 180 días a lo largo de la vida laboral.
- Mayores de 26 años: mínimo 180 días cotizados en los 7 años anteriores, o 360 días a lo largo de la vida laboral.
¿Se seguirá ampliando este permiso?
El Ministerio de Trabajo ha manifestado su intención de llegar a 20 semanas retribuidas al final de la legislatura, según lo pactado entre PSOE y Sumar. A día de hoy no hay ninguna norma que lo confirme, así que sigue siendo un objetivo político, no un derecho vigente. Actualizaremos este artículo en cuanto haya novedades concretas.
Comparativa internacional
En Europa, países como Suecia y Noruega lideran con permisos parentales superiores al año, combinando periodos retribuidos y no retribuidos. Con las 19 semanas ya en vigor, España se sitúa entre los países con permisos parentales más amplios y equitativos, según ha destacado el propio Ministerio de Trabajo.
Beneficios y retos de esta reforma
Beneficios
- Corresponsabilidad: promueve una distribución equitativa de las tareas de cuidado.
- Conciliación laboral y familiar: ofrece más tiempo para adaptarse a la llegada de un hijo o hija.
- Desarrollo infantil: refuerza el vínculo emocional y cognitivo del menor con ambos progenitores.
Retos
- Impacto económico: la ampliación supone una inversión considerable para la Seguridad Social.
- Desafíos para las pymes: gestionar bajas más largas y su cobertura puede generar dificultades organizativas, sobre todo en plantillas pequeñas.
Cómo solicitar el permiso en 2026
Si eres trabajador por cuenta ajena
- Comunica a tu empresa tu intención de disfrutar el permiso, indicando fechas aproximadas.
- Accede al portal de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
- Adjunta la documentación requerida: certificado de empresa y libro de familia o certificado del Registro Civil.
Si eres autónomo
- Estar al día con las cotizaciones.
- Presentar la documentación en el plazo establecido.
- Solicitar la prestación equivalente al 100% de la base de cotización.
La ampliación del permiso de paternidad y maternidad a 19 semanas ha marcado un hito real en los derechos de conciliación laboral y familiar en España, y contribuye a una mayor igualdad y corresponsabilidad entre progenitores.
En Assessor, estamos comprometidos a ayudarte en materia fiscal, laboral y tributaria. Si necesitas más información o asesoramiento personalizado sobre tu caso concreto de permiso o prestación, contacta con nosotros.
Preguntas frecuentes
¿Las 19 semanas se cobran al 100%?
Sí, la prestación se abona al 100% de la base reguladora desde el primer día del permiso.
¿Puedo transferir mis semanas al otro progenitor?
No. El permiso es individual, intransferible y no acumulable entre progenitores, salvo en el caso de familias monoparentales, donde se reconocen las semanas de ambos «progenitores» a una sola persona.
¿Qué pasa si mi hijo nació antes de julio de 2025?
Si el nacimiento, adopción o acogimiento se produjo desde el 2 de agosto de 2024, tienes derecho a la ampliación con carácter retroactivo. Consulta tu caso concreto con la Seguridad Social o con nuestra asesoría.